1. Solo se aplica en zona rural
2. Solo se recomienda cambiarlas
3. Puede seguir circulando si tiene licencia vigente
4. Se considera infracción y puede impedir la circulación
Respuesta correcta: Se considera infracción y puede impedir la circulación
El Art. 58.i y el Reglamento Art. 27.k establecen que circular con neumáticos con daños visibles o con una profundidad de canal inferior a 1,6 mm está prohibido y puede conllevar la detención del vehículo.
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